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La Corte Constitucional declara inconstitucional tres medidas del estado de excepción declarado por Daniel Noboa

La Corte Constitucional (CC) declaró inconstitucionales tres disposiciones del estado de excepción declarado por el presidente Daniel Noboa el 3 de octubre.

Las medidas impugnadas fueron:

  • 1) La suspensión del derecho a la libertad de reunión con el fin de «impedir y desarticular reuniones en espacios públicos donde se identifiquen posibles amenazas a la seguridad ciudadana e integral, así como el orden constituido».
  • 2) La orden de que se realicen requisiciones de «armas, sus partes o piezas; explosivos, municiones o accesorios de origen ilícito y sin permiso de porte o tenencia».
  • 3) La disposición de que se movilicen e intervengan la Policía Nacional y las Fuerzas

La Corte Constitucional indicó que estas acciones deben ser ejecutadas dentro del marco del régimen ordinario, por la Policía Nacional y/o las Fuerzas Armadas, y no requieren la declaración de un estado de excepción.

Al ser declaradas inconstitucionales, estas medidas pierden su validez.

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