Estados Unidos puso en vigencia este viernes 24 de julio un arancel adicional del 10 % para productos importados desde Ecuador. La disposición forma parte de las acciones adoptadas contra 60 socios comerciales que, en conjunto, representan el 99,4 % de las importaciones estadounidenses.

La medida se origina en investigaciones realizadas por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) bajo la Sección 301 de su legislación comercial. El organismo analizó si los países investigados cuentan con prohibiciones y controles efectivos para impedir el ingreso de mercancías elaboradas mediante trabajo forzoso.
Ecuador adoptó en abril de 2026 una resolución que prohíbe legalmente la importación de bienes producidos total o parcialmente bajo esas condiciones. Sin embargo, la USTR concluyó que el país todavía no aplica esa prohibición de forma suficientemente efectiva, aunque reconoció los compromisos asumidos dentro del acuerdo comercial bilateral.
Por esa razón, los productos ecuatorianos quedaron dentro del grupo sujeto a una tasa del 10 %, mientras otras economías afrontarán gravámenes de hasta el 12,5 %. La disposición contempla excepciones para determinadas mercancías incluidas en la resolución estadounidense.
Los productos que se encontraban en tránsito antes de la entrada en vigor no serán afectados, siempre que lleguen a Estados Unidos antes de las 00:01 del 28 de julio de 2026. Después de ese plazo, las importaciones alcanzadas por la medida deberán pagar el nuevo recargo.
Estados Unidos es uno de los mercados más importantes para Ecuador, por lo que el arancel podría incrementar los costos de ingreso y afectar la competitividad de los exportadores nacionales. El alcance económico dependerá de los productos finalmente cubiertos, las excepciones establecidas y las acciones que adopte el Gobierno ecuatoriano frente a las observaciones sobre control del trabajo forzoso. Fuentes: El Mercurio y USTR.




