La intención del presidente Daniel Noboa de reducir la pensión alimenticia de su primera hija se concretó en julio de 2025, tras una disputa legal con la madre de la niña, Gabriela Goldbaum, que se hizo pública a inicios de año.

El proceso comenzó en enero de 2025, cuando Catalina Ayala Murrieta, procuradora judicial del mandatario, presentó la demanda ante la Unidad Judicial Multicompetente Primera Civil de Samborondón. El medio mexicano La Jornada divulgó la noticia el 10 de enero, generando una fuerte repercusión pública al revelar que Noboa buscaba rebajar el monto asignado desde 2019.
Según el Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA), hasta junio de 2025 el mandatario pagaba USD 5.217,67 mensuales. Sin embargo, tras la resolución judicial del 23 de junio, se aprobó una disminución del 67%, dejando el valor mensual en USD 1.739,22. El último pago bajo la cifra anterior se registró ese mismo mes.


Los antecedentes muestran que la pensión de la menor —de seis años— se había incrementado progresivamente desde los USD 4.731 fijados en 2020, cuando Noboa cursaba una maestría en Harvard, hasta superar los USD 5.000 en 2023. Durante ese tiempo, Noboa fue elegido asambleísta en 2021 y posteriormente presidente en noviembre de 2023, tras la “muerte cruzada” decretada por Guillermo Lasso.
En su defensa, los abogados del presidente argumentaron que su ingreso mensual de USD 5.072 no era suficiente para cubrir el monto anterior, dado que actualmente tiene dos hijos con su segunda esposa, Lavinia Valbonesi. Su hijo menor, Furio, cumplirá dos años en enero de 2026.
El mandatario mantiene bajo su custodia a la niña, situación que Goldbaum ha cuestionado públicamente. Ella ha denunciado ser víctima de violencia vicaria, acusando a Noboa y Valbonesi de impedirle mantener contacto con su hija. Paralelamente, enfrenta varios procesos penales y civiles iniciados tras el ascenso de Noboa al poder.
De acuerdo con el SUPA, el último pago de la pensión actualizado se registró el 1 de diciembre de 2025, incluyendo el depósito correspondiente al décimo tercer sueldo.



