domingo, abril 5, 2026
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Ministerio del trabajo reforma trámite de visto bueno

Ministerio del trabajo reforma trámite de visto bueno

El Ministerio del Trabajo de Ecuador reformó el trámite de visto bueno mediante el Acuerdo Ministerial MDT-2025-043, publicado en el Registro Oficial Segundo Suplemento No. 528 el 19 de marzo de 2025. Esta reforma modifica el Acuerdo Ministerial MDT-2024-041 y tiene como objetivo modernizar y agilizar el procedimiento que permite la terminación unilateral de una relación laboral, ya sea por parte del empleador o del trabajador.

Una de las principales novedades es que las partes deben comparecer personalmente o por medio de un representante legal con poder notariado. Además, se establece como obligatorio contar con el patrocinio de un abogado defensor debidamente nombrado dentro del proceso, lo que refuerza el carácter formal y técnico del trámite.

La solicitud de visto bueno debe estar acompañada de la documentación exigida en el artículo 143 del Código Orgánico General de Procesos. En caso de que la solicitud sea presentada por el empleador, se deberá incluir un certificado actualizado de cumplimiento de obligaciones patronales emitido por el IESS. Por su parte, la parte accionada deberá contestar el pedido también con el patrocinio de un abogado y establecer un domicilio o correo electrónico para recibir notificaciones.

Otro cambio importante es la ampliación del plazo para apelar la resolución del Inspector del Trabajo, que pasa de 10 días a un mes contado desde la recepción del expediente por parte del Director Regional de Trabajo. En esta etapa, cualquiera de las partes podrá solicitar la realización de una audiencia de apelación. En conjunto, estas reformas buscan garantizar un procedimiento más ágil, transparente y equitativo, protegiendo los derechos tanto de trabajadores como de empleadores.

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